PAÍS VASCO Y NAVARRA: ¿Tiene algún impagado?
Conozca las importantes mejoras introducidas para recuperar el IVA repercutido de los impagados.

Estas son las novedades para 2023 en los requisitos exigidos por Hacienda:
6 meses para trámites
Se amplía de 3 a 6 meses el plazo del que su empresa va a disponer para llevar a cabo los trámites necesarios de recuperación del impuesto.
Reclamación
A la hora de reclamar la cuantía impagada a los clientes, además de la reclamación judicial o del requerimiento notarial, ahora su empresa también va a poder utilizar cualquier otro medio que acredite fehacientemente la reclamación (por ejemplo, el burofax). Esta medida simplifica el trámite y también permite ahorrar dinero (al evitar costes de abogados y notario).
De 300 a 50 euros
Se reduce a 50 euros la cuantía del límite mínimo que impide rectificar las facturas impagadas cuando el cliente no actúa como empresario.
Nuestros profesionales le ayudarán en la reclamación a sus clientes de la cuantía impagada y en la recuperación del IVA repercutido.